FUCCAE llevó el debate sobre los delitos ambientales a la COP16  de Cali

En el marco del ciclo de “Diálogos sobre la Biodiversidad: una mirada desde el sur del sur”, organizados por la Fundación cambio Climático, Ambiente y Energía (FUCCAE) dentro de la COP16 que se reúne en Cali, se debatió sobre el tema: “Delitos contra la Biodiversidad: aportes del derecho penal nacional e internacional, su eficacia y desafíos pendientes”.

Nuestra Fundación entiende que dentro del Convenio sobre Diversidad Biológica se debe abrir un debate sobre la sanción a todos aquellos que atentan contra la biodiversidad, más allá de las tipificaciones que existen tanto en el derecho contravencional, civil y penal.

Para ello, en el Pabellón del Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe – CAF, se desarrolló este ciclo que fue coordinado por el presidente de la Fundación, Gerardo Morales, quien se encontraba acompañado de la Vicepresidenta Primera, María Inés Zigarán.

“Quiero agradecer a CAF por permitirnos este espacio en la Zona Azul para compartir visiones y diálogos, y muchas gracias al gobierno de Colombia y la Alcaldía de Cali. Hemos tomado la decisión de participar en esta COP16 por el nivel de debate sobre la biodiversidad en el planeta”, sentenció Morales.

Tras la presentación de un video institucional de la Fundación, Zigarán dio la bienvenida al panelista Ricardo Gil Lavedra, destacado abogado, juez y jurista argentino, además de miembro del Consejo Consultivo de la FUCCAE.

“Cuando hablamos del derecho ambiental, hay que definir qué se quiere proteger. La visión tradicional protege al hombre, por lo tanto castiga las conductas que afectan al hombre, a su salud o a su vida. La otra concepción dice que hay que proteger a todo lo que comprende al hombre, al entorno que lo rodea: el suelo, la atmósfera, flora y fauna”, definió.

Tras clasificar las distintas tipologías de delitos contra el hombre y su entorno indicó que hoy predomina la sanción a los delitos de “peligro abstracto”, esto es prohibir conductas potencialmente dañosas aun cuando “no hayan puesto en peligro a un bien”.

Gil Lavedra, a la sazón presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, dijo que Naciones Unidas admitió la existencia de “lagunas” en el derecho penal donde los delitos contra la biodiversidad quedan impunes, además de existir niveles de corrupción en segmentos administrativos del Estado, tanto en materia de permisos como de controles. Señaló que desde hace un tiempo se viene hablando de la posibilidad de acordar –en una convención internacional- los modelos punibles de conductas que amenazan a la biodiversidad para dar un poco de orden al caos reglamentario existente.

Por otro lado, indicó que oportunamente se ha debatido incorporar el “ecocidio” dentro del estatuto de la Corte Penal Internacional, que tiene competencia para juzgar delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidios. “El ecocidio es un daño muy grave y duradero que afecta a comunidades y generaciones”, explicó.

Aunque recordó también que la Corte Penal Internacional tiene una competencia subsidiaria, es decir que interviene cuando los estados nacionales no han actuado. “¿Estaría bien que acá también sea subsidiaria?”, se preguntó, para luego advertir que “la Corte Internacional no tiene competencia para juzgar a personas jurídicas, solo individuales. Por lo cual, no sé cuán eficaz sería la Corte Internacional o un tribunal ambiental para juzgar delitos ambientales”, manifestó.

El derecho internacional –continuó- podría hacer un buen papel en definir delitos básicos en materia de ambiente, para que los estados los incorporen a sus legislaciones. Y además –acotó- existe la regla del derecho internacional, que es muy útil, y es la incorporación de la ‘jurisdicción universal’ para algunos delitos: en determinados delitos, el que aprehende al delincuente lo juzga.

“Los delitos ambientales son transfronterizos, es decir no se circunscriben al territorio de un determinado estado, sino que impacta en los estados vecinos, de allí la preocupación para que todos los estados estén involucrados en la persecución de estos crímenes, lo que se vincula con la necesidad de homogeneizar los criterios de punibilidad. Otro elemento clave -como en el narcotráfico, el terrorismo o la trata de personas- es la cooperación internacional, es decir que los estados se comprometan a ayudar al otro estado a juzgarlo”, expuso.

Un debate que debe darse –según el experto- es “de qué forma queremos prohibir, porque los delitos de peligro abstracto (aquellos cuando el daño es potencial pero no afectó aún a nadie) traen un anticipo de la punición, es decir antes de que comience la ejecución de la acción. Es decir, castigo algo que es potencialmente peligroso. Cuando se trata del delito de peligro concreto, allí existe un bien amenazado concretamente. Y en los delitos de daño, ya está consumado el hecho”.

“En mi criterio, sobre todo en un país federal, el primer paso tiene que ser el buen funcionamiento del derecho administrativo. Y recurrir a las cuestiones penales cuando el derecho administrativo fracasó. Hay mucho legislado, lo que falta es uniformidad”, expresó finalmente.

En este panel se destacó la necesidad de que la Justicia de países y estados sub nacionales esté especializada en delitos ambientales, poniéndose de relieve el hecho de que la Provincia de Jujuy, durante la gestión de Gerardo Morales como gobernador, haya decidido crear tanto los Juzgados como las Fiscalías Ambientales, los que a partir de su funcionamiento se convirtieron en un gran aporte para la sanción de los delitos de esta naturaleza.